La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en defensa del secreto fiscal y rechazó tres pedidos de acceso a información presentados por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), que buscaban conocer datos sobre beneficios tributarios otorgados por la AFIP (hoy Agencia Federal de Ingresos Públicos – ARCA).
Los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz revocaron decisiones previas de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que habían otorgado parcialmente los reclamos de ACIJ, respaldados también por la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP).
El tribunal sostuvo que los pedidos excedían los límites del derecho de acceso a la información pública, ya que involucraban datos protegidos por el artículo 101 de la Ley 11.683, que establece el régimen de secreto fiscal.
Entre los expedientes rechazados se incluyen:
- 40999/2018: vinculado a reintegros adicionales por exportaciones desde el sur del país.
- CAF 46352/2019: relacionado con beneficios fiscales para PyMEs.
- CAF 25210/2018: sobre condonaciones de deudas, intereses y sanciones impositivas entre 2010 y 2016.
“La divulgación de los datos solicitados implicaría revelar información amparada por el secreto fiscal”, indicaron los magistrados, y aclararon que cualquier modificación a este régimen debe ser decidida por el Congreso Nacional.
Rosatti y Lorenzetti destacaron en su voto conjunto que “el secreto fiscal protege al contribuyente y garantiza que sus declaraciones no puedan ser utilizadas en su contra ni llegar a terceros”. Por su parte, Rosenkrantz agregó en su voto individual que “el interés público en conocer la identidad de los beneficiarios no puede prevalecer sobre la necesidad de preservar la confidencialidad del control aduanero y fiscal”.
Con este fallo, la Corte Suprema reafirmó la protección de los datos fiscales y estableció un precedente sobre los límites del derecho de acceso a la información pública frente al secreto fiscal.





